"Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al
cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato.
Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes".
Corredores Profesionales:
Menasches, Julio David - Matrícula: 2882 CUCICBA
Menasches, Victor Ariel - Matrícula: 2883 CUCICBA